El TSJC ratifica la condena a la empresa que deberá pagar 342.142 euros al afectado.
Nueva resolución judicial por los efectos del amianto en los trabajadores. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por Uralita contra una condena de los juzgados sociales de Barcelona de 2015 que obligaba a la empresa a pagar a un ex trabajador 342.142 euros por daños derivados de una enfermedad profesional. En concreto, el demandante, representado por el bufete de abogados Col·lectiu Ronda, sufre cáncer de pulmón a causa del amianto. El hombre trabajó de 1969 a 1992 en la empresa Rocalla, en el centro de trabajo de Castelldefels (Barcelona), que fue absorbida por Uralita en 1995.
En 2013, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró la incapacidad permanente absoluta de este trabajador por adenocarcinoma de pulmón derivado de una enfermedad profesional. Según el abogado del Col·lectiu Ronda Miguel Arenas, la sentencia demuestra la firmeza con al que se va poniendo de manifiesto cómo de nocivo ha sido el amianto y las graves consecuencias de estar en contacto con este material «claramente perjudicial» sin que las empresas productoras adoptaran medidas de seguridad para paliar sus efectos.
Uralita recordó en su recurso que la normativa específica en materia de protección en los años en que el trabajador prestó servicios no exigía el cumplimiento de normas de seguridad diferentes a las aplicadas. El TSJC considera que aunque la normativa del amianto no estuviera del todo desarrollada antes de 1997, eso no significa que no se tuvieran que respetar las normas para controlar la nocividad del amianto y proteger al afectado.
Fuente: El Mundo.
Tema: Riesgos Laborales.
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