Sentencias

El TSJPV obliga a Osakidetza a pagar una indemnización de 144 mil euros a la funcionaria, que sufre un “trastorno adaptativo” como reacción a una situación de estrés. CCOO denuncia que no se realizó una evaluación de riesgos psicosociales, lo que habría evitado esta situación.

María Teresa ya no volverá a curar heridas: tiene suficiente con las suyas. No habrá más pacientes ni consultas. Tampoco jefes, ni compañeros. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado que esta enfermera deberá ser indemnizada con 144.046,91 euros por Osakidetza –el Servicio Vasco de Salud- en concepto de daños y perjuicios.

El motivo: un duro conflicto laboral que le provocó un “trastorno adaptativo como reacción aguda a una situación de estrés”. A raíz de ello, un juez de Vitoria decidió otorgarle una incapacidad absoluta para ejercer cualquier tipo de trabajo, ya sea dentro o fuera del ámbito sanitario.

Estamos ante una sentencia pionera. Al menos en Euskadi, no estamos acostumbrados a que se produzcan indemnizaciones por este tipo de problemas”, comentó a Público el responsable de Salud Laboral en CCOO del País Vasco, Alfonso Ríos.

Los “problemas” a los que se refiere el sindicalista empezaron en 2009. A partir de entonces, esta mujer –que se desempeñaba como Jefa de una Unidad de Atención Primaria en el área rural- se vio envuelta en un conflicto con sus superiores, así como con otros compañeros.

Las presiones se prolongaron hasta 2014. En julio de ese año, María Teresa –que unos meses antes había sido cesada como responsable de la unidad, por lo que debía volver a ejercer funciones de enfermera- se vio obligada a coger la baja, víctima de un cuadro de ansiedad “derivado de un conflicto laboral”.

Según Ríos, Osakidetza incurrió en una grave omisión: no realizó la evaluación de riesgos psicosociales que enfrentaba la trabajadora, tal como había solicitado reiteradamente CCOO.

Ante esa situación, su caso llegó a los tribunales. Primero fue un magistrado del Juzgado de lo Social número 3 de Vitoria quien certificó la “incapacidad absoluta” de la demandante, alegando que los problemas de salud que enfrentaba debían ser considerados como un accidente laboral y, por tanto, tendría que ser indemnizada.

Tras conocerse ese fallo, Osakidetza –que depende directamente del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, dirigida por Jon Darpon (PNV)- optó por la vía del recurso ante el TSJPV, donde ha experimentado su segunda derrota.

Una “omisión” costosa.

Según ha revelado CCOO, ambas sentencias relacionan el estado de salud de la trabajadora “con la situación de conflicto laboral sufrida en su puesto de trabajo y con la ausencia de una evaluación de riesgos psicosociales”. De hecho, el TSJPV considera en su resolución que Osakidetza, al no haber realizado ese estudio, desatendió “sus obligaciones en relación con la prevención y salvaguarda de la salud de la trabajadora”.

Esa “omisión” del Servicio Vasco de Salud supondrá 144.096 euros para las arcas públicas. “Lo lógico sería que ese dinero se utilizase para que las urgencias hospitalarias funcionen mejor o para que haya más camas en los hospitales, no para tapar los errores de quien no está haciendo bien su trabajo”, remarcó Ríos.

Si Osakidetza pretendía no pagar una indemnización tan cuantiosa a esta trabajadora –continuó-, lo mejor que podía haber hecho era tener debidamente cumplimentada la evaluación de riesgos psicosociales en vez de continuar pleiteando judicialmente con el dinero de todas las personas contribuyentes”. Mientras tanto, María Teresa sigue alejada de su trabajo. Hoy sabe que nunca volverá.

 

Fuente: Público.

Tema: Riesgos Laborales.

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