Prevención

Seguridad Vial: Ciclismo – Normas que debes conocer.

El uso de este medio de transporte no está exento de riesgos, por lo que es esencial que todos los ciclistas conozcan y respeten las normas de circulación, como cualquier otro conductor.

 

El uso de la bicicleta como medio de transporte, además de como práctica deportiva, está ganando cada vez más popularidad en entorno urbanos. Esta alternativa de movilidad ofrece múltiples ventajas: es sostenible, silenciosa, garantiza un ejercicio beneficioso para la salud y evita atascos. Sin embargo, su uso no está exento de riesgos, por lo que es esencial que todos los ciclistas conozcan y respeten las normas de circulación, como cualquier otro conductor.

A continuación, recogemos las principales normas que deberás cumplir si te desplazas en bici y las sanciones que conlleva el hecho de infringirlas, tal y como ha informado la Dirección General de Tráfico (DGT).

 

Normativa general ciclistas.

1. Prohibido el uso del teléfono móvil.

El uso del móvil está totalmente prohibido cuando circulamos en bici, de igual forma que lo está el hecho de utilizar auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Estos últimos limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones. No respetar estos dos preceptos, conlleva una sanción de 200€.

2. Advertir la frenada.

Frenar de forma brusca puede resultar bastante peligroso, sobre todo si consideramos el impacto que tiene en la distancia de seguridad que debe haber entre vehículos. Por eso es importante (aunque no obligatorio) que en caso de reducir la velocidad de forma drástica advirtamos al resto de conductores moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos. Eso sí, para realizar esta señal hay que hacerlo con seguridad ya que tendremos que soltar el manillar en una reacción muy rápida.

3. Circular por el carril bici.

Aunque esta norma tampoco es obligatoria, es altamente recomendable que al circular por ciudad o carretera siempre que se pueda se utilice el carril bici.

4. Cero alcohol.

Combinar alcohol con la carretera nunca es buena idea, aunque circulemos sobre dos ruedas. Las tasas de alcoholemia, que recordemos que son 0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro, también son aplicables a los ciclistas. Por lo que si te encuentras con un control y los agentes lo requieren, te verás obligado a someterte a un test. Dar positivo en un control conlleva entre 500 y 1.000€ de multa (según la tasa y la reincidencia).

5. Atención con los pasajeros.

El equilibrio es uno de los puntos flacos de las bicis, por lo que cuanto más equipaje lleves más probabilidades tienes de desestabilizarte. El Reglamento dicta que en bici solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad. Llevar incorrectamente a un niño acarrea 100 € de multa.

6. Luces imprescindibles.

La visibilidad es esencial en la conducción de cualquier tipo de vehículo, especialmente cuando cae el sol. Esto también se aplica en las bicicletas, en las cuales deberás llevar las luces delanteras y trasera encendidas siempre que circules de noche, en pasos inferiores o por túneles. No hacerlo conlleva una sanción de 200€.

7. Prioridad a los peatones.

Igual que el resto de conductores, los ciclistas deberán ceder el paso ante un paso para peatones debidamente señalizado y cuando giran para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola, aunque no haya paso. No respetar su prioridad de paso tiene como consecuencia una multa de 200€.

8. Prioridad de paso.

Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado.

En el resto de situaciones, deben respetar las prioridades de otros usuarios como establezcan las normas y las señales. No respetar la prioridad en una intersección: 200€.

9. Grupos en glorietas.

Otra de las situaciones en la que los ciclistas gozarán de prioridad de paso es cuando circulen en grupo por glorietas, o por cualquier intersección. Así, cuando el primero del pelotón entre en la rotonda, todos ellos, del primero al último, tendrán prioridad frente a cualquier otro vehículo a motor.

10. Incorporaciones.

La observación es clave para circular con seguridad. Por eso, antes de iniciar la marcha, el ciclista deberá comprobar si en la vía a la que quiere incorporarse hay otros vehículos en marcha y a qué distancia se encuentra de él. Si no hay peligro, podrá avanzar, en caso contrario, si se incorpora si mirar y de forma peligrosa la multa puede ser de 200€.

11. Respetar las señales.

Aunque parezca lógico, aún siguen habiendo muchos ciclistas que se saltan las señales. Como cualquier otro conductor, deberán respetar todas las señales, ya sean semáforos o verticales (stop, ceda el paso, velocidad limitada…). Saltarse un semáforo: 150-500€.

12. Señalizar maniobras.

Si ya hemos explicado la obligatoriedad de señalizar las incorporaciones a la circulación, también cabe hacerlo respecto a la importancia de notificar otras maniobras. Los ciclistas deberán señalizar los giros, los cambios de sentido y de carril extendiendo horizontalmente el brazo derecho a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo. No señalizar una maniobra: 200€.

Ciclistas en ciudad.

13. Casco

El Reglamento regula el uso del casco en función de la edad del ciclista y la vía por la que circula. En las vías interurbanas es obligatorio en todos los casos, en cambio, en las vías urbanas solo están obligados a llevar el casco los menores de 16 años. En este caso, el casco debe estar homologado o certificado por la UE y presentar buenas condiciones. No llevar casco cuando es obligatorio: 200€.

14. Los pasos de peatones, andando

Siguen siendo muchos los ciclistas que piensan que tienen prioridad en los pasos de peatones (no confundirlos con los pasos para ciclistas), y esto es un gran error. Para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando. Cruzar un paso de peatones sin bajar de la bici: 200€.

15. Por la acera, no

Por norma general, no se permite circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que estas estén señalizadas como carril-bici de uso compartido con peatones. Circular por la acera: hasta 100€.

16. Por la derecha

Las bicicletas deben circular lo más próximo a la derecha de la vía cuando se desplacen por ciudad. En el caso de que vayan en grupo, deberán circular en columna de a dos como máximo. Circular en ciudad en grupos sin orden: 100€.

 

Ciclistas en carretera.

17. Reflectantes

En los casos que sea obligatorio encender las luces, los ciclistas deberán llevar una prenda reflectante para que sean visibles para el resto de conductores a una distancia de 150 metros. Circular sin reflectantes: 80€.

18. Casco

Por norma general, los ciclistas que circulen por carretera deberán llevar casco de protección homologado. No obstante, hay tres situaciones en las que podrán quitárselo: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo. Es fundamental ponérselo correctamente y llevarlo siempre abrochado para que no pueda salir despedido. Circular sin casco cuando es obligatorio: 200€.

19. Por el arcén

En carretera, los ciclistas deben utilizar el arcén de su derecha, si existe, para circular. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras. Ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén: 200€.

20. En paralelo

Fuera de poblado, los ciclistas solo podrán circular en filas de dos si se orillan todo lo posible a la derecha de la vía. No obstante, deberán colocarse en fila de a uno cuando circulen en tramos sin visibilidad (como curvas) y cuando formen aglomeraciones. Circular en carretera en grupos sin orden: 100€

https://www.youtube.com/watch?v=k0D2RV3SEzk

 

Aunque el cumplimiento de estas normas es imprescindible para circular seguro y evitar accidentes, debes tener en cuenta que el uso de la bicicleta no solo está regulado por el Reglamento General de Circulación (RGC), sino que también por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal de Circulación (que puede dictar normas que limiten o permitan su utilización).

 

Tema: Riesgos Laborales
Fuente: La Vanguardia.
Precoin Prevención SL
(Bilbao – Bizkaia)

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