Tener un protocolo de acoso sexual, por razón de sexo y moral es una obligación para todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla. Es decir, tanto si la empresa tiene una plantilla de 500, 250, 100 o cuatro trabajadores, está obligada a tener un protocolo contra el acoso sexual, por razón de sexo y moral que articule no solo medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento en caso de acoso laboral a seguir por trabajadores y empresa.
Es importante saber que, aunque la empresa no tenga obligación de tener un Plan de Igualdad, sí está obligada a tener de acuerdo a la normativa un protocolo de acoso laboral.
El Plan de Igualdad es obligatorio a partir del 7 de marzo de 2022 para las empresas de más de 50 trabajadores.
¿Qué es el Protocolo de Acoso sexual por razón de sexo y moral?.
El Protocolo supone establecer políticas que contribuyan a mantener unos entornos laborales libres de acoso y discriminación ilícita y, a garantizar que sí se produjeran, se dispone de un protocolo de actuación y se conocen los procedimientos adecuados para tratar el problema y corregirlo.
¿Qué objetivos persigue el protocolo?.
- PREVENIR y VELAR para que exista en la organización un ambiente exento de acoso laboral, sexual y por razón de sexo.
- Establecer un procedimiento que regule QUÉ y CÓMO hacer ante un posible caso de acoso.
¿Cómo hacer un protocolo de acoso laboral?.
- Designación de la comisión o de la persona instructora: Se designará a una comisión instructora formada por tres personas (más un suplente) en empresas que deben tener un plan de igualdad.
- Desarrollar la normativa interna y las medidas preventivas: Diseñar y desarrollar tanto la normativa interna para perseguir y prevenir el acoso laboral, así como una batería de medidas preventivas.
- Canal y procedimiento interno para realizar las denuncias: Habilitar un canal de denuncias confidencial, rápido y accesible para las víctimas, para poner en conocimiento la situación de acoso.
- Comunicar las medidas a toda la plantilla: en la página web, en la intranet, tablones de anuncios, correos electrónicos, y entregando copias a todos los trabajadores.
Ejemplo de forma de actuación ante situación de acoso sexual:
Sanciones para empresas que no cumplan con la obligación de contar con un Protocolo para el acoso laboral.
El acoso laboral no solo es un problema para las empresas, que afecta al clima laboral y el rendimiento de los trabajadores afectados, sino que puede convertirse en algunos casos en un delito perseguido por la justicia, que contempla penas de prisión. Por ello, que una empresa no cumpla con la obligación de tener un protocolo para el acoso laboral puede ser sancionada por la autoridad laboral, además de ser denunciada ante los tribunales.
Las sanciones que pueden imponerse a las empresas por no tener un protocolo en contra de la violencia laboral y el acoso sexual o por razón de sexo varían en función de la gravedad de la infracción. De acuerdo a la Ley de Infracciones y Sanciones, estas quedarían así:
- Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves
- Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves
- Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves
Esto son solo sanciones administrativas, si el caso llega a los tribunales, habría que sumar las multas impuestas por el tribunal a la empresa, si se demuestra que esta no tenía implantado el debido protocolo de acoso laboral obligatorio o el que tenía implantado era insuficiente o ineficiente. Así como la posible indemnización por daños que podría reclamar la víctima.
Prevención – Vídeo: Ejemplo Protocolo contra el Acoso Sexual en la Universidad.
Tema: Riesgos Laborales.
Precoin Prevención SL
(Bilbao – Bizkaia)