Legislación

Con fecha 1 de Febrero de 2017 el Diario Oficial de la Unión Europea recoge la publicación de la nueva Directiva UE 2017/164 de 31 de enero de 2017 por la que se establece una cuarta lista de valores límite de exposición profesional indicativos de conformidad con la Directiva 98/24/CE del Consejo y por la que se modifican las Directivas 91/322/CEE, 2000/39/CE y 2009/161/UE de la Comisión.

De conformidad con la Directiva 98/24/CE, la Comisión debe proponer objetivos de la Unión en forma de valores límite de exposición profesional indicativos (VLEPI), que se establecerán a escala de la UE, para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición a sustancias químicas peligrosas. Con arreglo a la Directiva 98/24/CE, se entiende por «valor límite de exposición profesional», a menos que se indique lo contrario, el límite de la concentración media ponderada cronológicamente de un agente químico en el aire dentro de la zona de respiración de un trabajador con relación a un período de referencia específico.

En esta nueva Directiva 2017/164 se modifican los valores límite de exposición profesional indicativos (VLEPI) de 30 sustancias químicas además del manganeso y sus compuestos inorgánicos. Otra de las novedades de la mencionada nueva lista, es que señala la posibilidad de una absorción importante a través de la piel de algunos de los productos incluidos en la lista, como es el caso del trinitrato de glicerol, el tetracloruro de carbono, el cianuro de hidrógeno, el cloruro de metileno, el nitroetano, el 1,4-diclorobenceno, el formiato de metilo, el tetracloroetileno, el cianuro de sodio y el cianuro de potasio.

La fecha límite en que los Estados miembros establecerán valores límite de exposición profesional nacionales para los agentes químicos que figuran en el anexo de la Directiva 2017/164 es el 21 de agosto de 2018.

En los sectores de la minería subterránea y la construcción de túneles, también se establece un período transitorio que termina el 21 de agosto de 2023, cuando se trata de los valores límite para el monóxido de nitrógeno, el dióxido de nitrógeno y el monóxido de carbono, como consecuencia del reconocimiento por parte del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de la existencia de dificultades relacionadas con la disponibilidad de métodos de medición que puedan utilizarse para demostrar el cumplimiento del valor límite propuesto para el dióxido de nitrógeno en entornos de minería subterránea y construcción de túneles.

La extensión de esta publicación no nos permite un análisis de todos los componentes de esta nueva lista recogida en el anexo de la nueva Directiva 2017/164, pero sí que queremos hacer especial mención a los casos del acetato de etilo y el cloruro de metileno, dos disolventes con un grado de utilización y presencia muy importante en sectores industriales como químico-farmacéutico, biotecnológico, pinturas, barnices, productos de limpieza (decapantes, limpiauñas), pegamentos, etc.

En la siguiente tabla representamos los nuevos límites de exposición en vigor a partir del 21 de agosto de 2018 como fecha límite frente a los actuales valores extraídos de la aplicación LEP del INHST.

 

En el caso del cloruro de metileno, se proponen valores para la exposición de corta duración y se aumentan de forma significativa los niveles permitidos de exposición diaria. Creemos que esta variación al alza de los valores límites de exposición podría originar algún tipo de relajación en las medidas preventivas ya implantadas, actitud que deberíamos evitar.

Es de suponer que existen evidencias científicas suficientes para esta decisión sobre una sustancia catalogada como H 351 (Se sospecha que provoca cáncer) y sobre la que existe una clara diferencia de criterios con Occupational Safety and Health Administration que propone un PEL-TWA de 25 ppm y con American Conference of Governmental Industrial Hygienists (ACGIH) Threshold Limit Value (TLV) que propone un TLV-TWA de 50 ppm. No parece que estemos ante un capítulo cerrado.

En el caso del acetato de etilo, la situación es la contraria. Se sigue una política restrictiva que convierte los valores LEP 2016 de exposición diaria en valores exposición de corta duración y reduce al 50% los nuevos valores límite de exposición diaria.

DIRECTIVA (UE) 2017 – 164

 

Fuente: Unir.net.

Tema: Riesgos Laborales.

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