Sentencias

En el auto que puso fin a la instrucción, el titular del Juzgado nº 2 de Santander les imputa un presunto delito de homicidio imprudente.

 

Las siete personas investigadas por la muerte de un trabajador en las obras del Hospital Valdecilla en marzo de 2015 han recurrido en apelación ante la Audiencia provincial el auto que puso fin a la instrucción, en el que el titular del Juzgado nº 2 de Santander les imputa un presunto delito de homicidio imprudente.

Los acusados son el Jefe de Obra y el Coordinador de Seguridad y Salud -a quienes el juez también imputa un delito contra los derechos de los trabajadores-; el operador de la grúa y los dos operarios que engancharon la carga, así como los administradores de las dos empresas para las que trabajaban, ambas subcontratadas.

El Accidente.

El accidente tuvo lugar en el tramo final de las obras del hospital, que se planeaban acabar para el mes de mayo, justo a tiempo para las elecciones autonómicas.

El accidente mortal se produjo al caer sobre el trabajador, de 41 años y de origen senegalés, una bobina de cable de 210 kilos de peso que se desprendió cuando estaba siendo izada por una grúa en la plaza norte del hospital. La víctima murió en el acto por el severo traumatismo cráneo-encefálico sufrido.

El Auto Recurrido.

El auto recurrido, dictado el pasado mes de mayo por el juez instructor, Miguel Ángel Agüero, señala que el accidente, indiciariamente, se produjo como consecuencia de la concurrencia de varias causas, entre ellas que el enganche de la carga a la grúa se hizo por dos trabajadores que no contaban con la formación adecuada para ello.

En su resolución, el juez Agüero destaca el hecho de que el operador de la grúa «no adoptara precaución alguna en orden a comprobar que no existían trabajadores por debajo de donde debía pasar la carga», que la zona de izado no estuviera vallada o delimitada y, finalmente, que no existieran recursos preventivos presentes a pesar de estar realizándose actividades diversas que se desarrollaban sucesiva y simultáneamente.

El Magistrado acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa respecto a los representantes de la UTE Valdecilla (integrada por Ferrovial Agroman y Siecsa), que era la que ejecutaba las obras, y de la empresa para la que trabajaba la víctima, que había sido subcontratada para la instalación de los sistemas de climatización y control del hospital.

El Auto.

El auto señala que el enganche de la carga a la grúa lo hicieron dos trabajadores que no habían sido autorizados ni designados para utilizar los accesorios de izado de la grúa y que no contaban con la formación adecuada para ello.

Añade como segunda causa del accidente mortal el incorrecto estrobado de la carga, ya que la selección del accesorio de elevación (eslingas de cadena) combinado con un nudo corredizo sujeto a uno solo de los ramales a través de una vuelta, «no era adecuado al generar un riesgo de desplazamiento de la carga al encontrarse la misma en equilibrio inestable».

En tercer lugar, el auto señala que se permitió la realización de operaciones de elevación de cargas, sin haber adoptado las medidas necesarias para evitar la presencia de trabajadores bajo las cargas suspendidas que estaban siendo izadas, «sin que tampoco existiera un procedimiento de trabajo adecuado para realizar tales operaciones».

 

Fuente: El Diario Montañés.

Tema: Riesgos Laborales.

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Bilbao – Bizkaia