Las empresas tienen obligación de establecer medidas preventivas.
¿Por qué Inspección de Trabajo va a tener en cuenta la salud mental de los trabajadores? Como nos comenta Elvira Cano, abogada laboralista en LABE Abogados, se trata, en última instancia, de que tanto la mismísima Constitución Española como la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea protegen el derecho a la integridad física y psíquica de los ciudadanos. Son el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de prevención de Riesgos Laborales los que desarrollan este derecho. Por ello, las empresas también deberán proteger a sus trabajadores frente a los riesgos psicosociales. Así lo ha recalcado la Inspección de Trabajo este pasado mes de abril, haciendo referencia a este término que pronto estará de moda en el ámbito laboral.
Pero, ¿qué son los factores de riesgos psicosociales? Son factores de riesgo para la salud que se originan en la organización del trabajo y en su entorno social. Estos factores, pueden generar respuestas de tipo fisiológico, cognitivo y/o conductual, conocidas popularmente como estrés.
En aras a enfatizar su importancia y a otorgarle un nuevo lugar en materia laboral, la Inspección de Trabajo ha publicado este mes un nuevo Criterio Técnico sobre la actuación frente a los riesgos psicosociales, donde identifica que los mismos son considerados riesgos laborales y que, potencialmente, pueden afectar a la salud de los trabajadores. Se establece, además, que las empresas tienen la obligación de evaluar estos riesgos y a la planificación de medidas preventivas. Por tanto, lo que busca la inspección de trabajo, incluso llegando a sancionar a las empresas de sanción para la empresa, es proteger a los trabajadores del tan temido estrés laboral mediante nuevas obligaciones para el empresario.
Así, el nuevo Criterio Técnico de la Inspección, queda estructurado en torno a tres actuaciones inspectoras, al incorporar este novedoso concepto:
- El control de gestión preventiva. Referido a las acciones inspectoras relativas a dicha gestión. Con esto se contemplan concretamente las particularidades de la evaluación de riesgos psicosociales y las referidas a la aplicación de medidas preventivas.
- La protección de los trabajadores ante la exposición a riesgos psicosociales. En este sentido, será labor inspectora comprobar hechos y determinar la situación. Por ejemplo, situaciones de estrés laboral relativas a ordenación de tiempo de trabajo y desconexión digital.
- También tendrán presente el control de las medidas de protección por los daños a la salud debidos a la exposición a riesgos psicosociales. La actuación inspectora irá destinada a los supuestos en los que se haya dañado la salud de trabajador, a consecuencia de la exposición a dichos riesgos.
Descarga criterio de la inspección de trabajo:
Criterio inspección de trabajo