Prevención

La hija de una trabajadora fallecida por un cáncer derivado del amianto es indemnizada con 303.406 euros.

 

Acepta en parte el recurso presentado contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Bilbao.

 

¿Qué es el amianto?

El asbesto o amianto es el nombre de un grupo de minerales fibrosos que están presentes en la naturaleza y son resistentes al calor y la corrosión. Debido a estas propiedades, el asbesto se ha usado en productos comerciales, como materiales a prueba de fuego y de aislamiento, frenos de automóviles y materiales para paneles de yeso.

 

¿Que provoca el amianto?

La exposición al amianto, incluido el crisolito, puede causar cáncer de pulmón, laringe y ovario, así como mesotelioma (un cáncer del revestimiento de las cavidades pleural y peritoneal). También se ha demostrado que provoca enfermedades respiratorias crónicas como la asbestosis (una forma de fibrosis pulmonar) y otros efectos nocivos para los pulmones.

Debido a su uso generalizado y, por tanto, al número considerable de personas que pueden estar expuestas, el amianto sigue causando muchos problemas de salud y muertes cada año.

 

Indemnización

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a la empresa vizcaína Flexix SA a indemnizar con 303.406,58 más intereses a la hija de una trabajadora fallecida a causa de un cáncer pleural derivado del amianto.

El TSJPV, por mayoría, ha estimado parcialmente el recurso de suplicación contra el fallo del Juzgado de lo Social 10 de Bilbao del 8 de noviembre de 2023, revocando así dicha sentencia y condenando a Flexix SA a pagar a la heredera de una trabajadora fallecida 270.496,27 euros de indemnización por daños de la enfermedad profesional padecida por su madre, así como 32.910,31€ en concepto de daño moral por su fallecimiento; un total de 303.406,58 euros más los intereses.

 

Enfermedad

Angelina Ramos trabajó en Flexix SA entre 1966 y 2007, realizando embalajes de los ferodos de freno fabricados para el centrifugado de las lavadoras. En octubre de 2021, se le diagnóstico un mesotelioma pleural epitelioide (enfermedad que deriva de la inhalación de fibras de amianto) y falleció el 23 de diciembre de 2022 a consecuencia del cáncer pleural, tras realizar testamento y declarar heredera universal a su hija Beatriz.

 

Trabajo

En la empresa se fabricaban ferodos de freno para las lavadoras, siendo uno de sus componentes el amianto, que, la empresa afirma que, tras el vulcanizado de las piezas, las fibras de amianto se quedaban atrapadas, sin dispersarse en las tareas de embalaje. También existe constancia de que Angelina trabajo a finales de los 70 y principios de los 80, manipulando los ferodos y que soltaban un polvo blanco.

 

Investigación Osalan

Osalan tras investigar la posible exposición de Angelina al amianto, concluyo que la mujer «pudo estar expuesta al amianto durante los trabajos de empaquetado de piezas que contenían amianto, así como al ambiente pulvígeno y a otros agentes químicos»

 

Seguridad Social

La Seguridad Social resolvió el el 4 de octubre de 2022, que la lesión pleural de Angelina, era derivada de enfermedad profesional, reconociéndole una incapacidad absoluta y apoyando el informe de la investigación realizada por Osalan,

 

Demanda

Angelina presento una demanda de daños, valorando el Mesotelioma con 76 puntos (170.496,27 euros), más 50.000€ por daños morales, un perjuicio por perdida de calidad de vida (109.701,03 euros y por la ayuda de tercera persona 48.590,06 euros. Su hija reclamó por el fallecimiento 32.910,31 euros.

La sentencia del Juzgado de lo Social 10 de Bilbao, desestimó la demanda, absolviendo a la empresa de las peticiones formuladas, considerando que había falta de pruebas fehacientes de su exposición al amianto, restando valor al informe de Osalan, como a la resolución del INSS, que declaro la enfermedad y el fallecimiento, como enfermedad profesional.

 

Enfermedad profesional

Tras presentar recurso, el TSJPV ha fallado ahora la existencia de una enfermedad profesional relacionada con la exposición al amianto, que ha sido reconocida por el INSS, entidad que debe hacer frente al pago de la prestación, y que resulta contradictorio poner en duda la conexión entre la severa patología pulmonar padecida por el contacto con amianto. Asimismo, el hecho, de que la empresa no haya acreditado haber cumplido con las exigencias en materia de protección, obliga a entender que las consecuencias nocivas en la salud de la trabajadora le son imputables a título de culpa.

Por tanto, como sostiene la recurrente, «no es posible concluir que Angelina no tuvo contacto laboral con el amianto y que él mismo, no determino su patología y con ella, la Incapacidad Permanente Absoluta o su fallecimiento». Cuando Angelina tuvo contacto con el amianto, a finales de los años 70 hasta 1986, ya se conocía el riesgo del amianto y a la postre provoco la enfermedad. La Sala en decisión mayoritaria, concluye que la demanda ha de ser acogida, si bien no en su integridad, al considerar que no procede, la cuantía que se solicita por ayuda de tercera persona, puesto que nada se prueba, más allá de la contratación de una persona interna, pocos días antes de fallecer.

Desde ASVIAMIE, Asociación vasca de víctimas del amianto, han valorado «positivamente» esta sentencia.

 

Precoin – Video: La enfermedad del amianto

 

 

Precoin – Video: ¿Qué enfermedades produce el contacto con amianto?

 

 

Tema: Amianto
Fuente: Diario Vasco
Precoin Prevención SL
(Bilbao – Bizkaia)