Prevención - Legislación

Inspección de Trabajo pierde contra los comercios que fueron denunciados en  Córdoba por el exceso de la temperatura máxima para trabajar

 

El sindicato CCOO obtiene 50 resoluciones a su favor y afirma que son las pequeñas empresas las que más cumplen, en detrimento de las grandes superficies.

 

¿Qué es la temperatura?.

La temperatura es una magnitud referida a la noción de calor medible mediante un termómetro. En física, se define como una magnitud escalar relacionada con la energía interna de un sistema termodinámico, definida por el principio cero de la termodinámica.

 

¿Qué dice la Normativa?.

El Real Decreto 486/1997, con su última modificación del 13 de noviembre de 2004, se encarga de establecer las condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En este sentido también existe en el ámbito de la Unión Europea, la Directiva 89/654/CEE, que marca las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo así como las medidas de protección contra accidentes y situaciones de riesgo.

Según este RD, se entiende por lugares de trabajo las áreas del centro de trabajo en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo. En ellas prevé una serie de obligaciones por parte del empresario para que se reduzcan al mínimo los riesgos.

Se trata de un documento que busca establecer un nivel de protección para los trabajadores adecuado frente a los riesgos que se derivan de de las condiciones de trabajo, esto engloba condiciones constructivas, orden, limpieza y mantenimiento, señalización, instalaciones de servicio o protección, condiciones ambientales, en las que se incluye la ventilación, iluminación, servicios higiénicos y locales de descanso entre otros.

Condiciones ambientales

En cuanto a las condiciones ambientales, se exige que no supongan un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores, debiéndose ajustar a las condiciones termo higrométricas y evitando lo siguiente en los lugares de trabajo:

  1. Temperaturas y humedades extremas
  2. Cambios bruscos de temperatura
  3. Corrientes de aire molestas
  4. Olores desagradables
  5. Irradiación excesiva, en especial, la radiación solar a través de las ventanas, luces o tabiques acristalados.

En los lugares de trabajo cerrados, la temperatura deberá oscilar entre 17ºC y 27ºC para trabajos sedentarios y entre 14ºC y 25ºC para trabajos ligeros.

Se estipula también el nivel de humedad relativa, que deberá estar comprendido entre el 30% y el 70%. Si existe riesgo por electricidad estática el límite inferior será del 50%.

En cuanto a las corrientes de aire, se establecen los siguientes límites:

  • 0,25 m/s para trabajos en ambientes no calurosos
  • 0,5 m/s para trabajos sedentarios en ambientes calurosos
  • 075 m/s para trabajos no sedentarios en ambientes calurosos

 

La inspección de trabajo

La Inspección de Trabajo ha dado la razón al Sindicato de Servicios de CCOO de Córdoba en las 50 denuncias que ha presentado este verano por vulneración de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) en materia de temperaturas en comercios y establecimientos de hostelería de la capital y la provincia.

 

Temperatura permitida para trabajos

La responsable de Comercio de CCOO de Córdoba, María José Merino, recordó que “la temperatura máxima permitida para trabajos en interior es de 27º C, pero hemos tenido constancia de empresas en las que se ha llegado a los 40º y de personas que han llegado a sufrir desmayos por culpa del calor”.

 

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Empresas denunciadas

Merino apuntó que “algunas de estas empresas ya habían sido denunciadas por el sindicato el año pasado, incluso apercibidas y multadas por la Inspección de Trabajo. Pero, sin embargo, no han adoptado las medidas necesarias para solventar los problemas de temperatura en sus establecimientos”. CCOO considera que, en estos casos, “la Inspección de Trabajo debería ser más contundente y no solo multar y apercibir a la empresa, sino que debería poder clausurar los establecimientos que no cumplan con la LPRL hasta que adopten las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de eficiencia energética y de temperaturas extremas”.

Tipos de comercios

En este sentido, la representante sindical destacó que, “en contra de lo que se pueda pensar, son los pequeños comercios y establecimientos los que más cumplen, mientras que las grandes cadenas y marcas tienden a poner soluciones provisionales, como el uso de los denominados ‘pingüinos’”. Además, en el caso de los comercios, “hay empresas que tratan que en la zona de venta al público la temperatura sea adecuada, pero en las trastiendas, almacenes o cocinas, la ley no se cumple. En las cocinas, la situación es tremenda. Nos han llegado a comunicar un caso en el que se superaron los 50º”, subraya Merino.

 

Refrigerador en los centros comerciales

En el sector de comercio, CCOO pone el acento en los centros comerciales. “Muchos dependen del sistema de refrigeración del centro comercial. Si esta se rompe o no tiene capacidad suficiente para todos los establecimientos, las tiendas se quedan sin aire acondicionado. Además, los centros comerciales solo activan los sistemas de refrigeración en horario de apertura al público, así que reponedores, limpiadoras y otras personas que trabajan fuera de dicho horario tienen que sufrir los rigores del calor en verano o del frío en invierno”, añade.

Merino dice que “en una provincia como Córdoba, donde se registran las temperaturas más altas de toda España, no se entiende que las tiendas, centros comerciales y establecimientos de hostelería no estén acondicionados para garantizar la temperatura correcta durante los meses de verano”. En cualquier caso, CCOO espera que las empresas que han sido apercibidas y multadas, y todas aquellas que no cumplen la ley, aunque no hayan sido denunciadas, aprovechen los meses de otoño e invierno para llevar a cabo las mejoras necesarias para que cuando llegue el próximo verano las tiendas y establecimientos de restauración estén acondicionados.

 

Actuación de la inspección de trabajo

Por otro lado, Merino agradeció la celeridad con la que ha actuado la Inspección de Trabajo ante las denuncias interpuestas por el sindicato, “algo que es fundamental en estos casos”, reconoció la responsable sindical, quien reclama más medios para el organismo inspector porque, “por desgracia, son muchas las empresas que siguen incumpliendo la normativa y la Inspección no cuenta con medios suficientes para poder hacer visitas rutinarias”.

Productividad en las empresas

Para CCOO, “es lamentable que las empresas sigan poniendo en riesgo la salud de las personas trabajadoras por ahorrarse un dinero que, en realidad, es una inversión, porque un buen ambiente de trabajo ayuda a una mayor productividad, por no hablar de que empresas que dependen del público deberían estar preocupadas por contar con unas condiciones ambientales agradables para su clientela”, apostilló Merino.

 

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Tema: Riesgos Laborales.
Fuente: El diario
Precoin Prevención SL
(Bilbao – Bizkaia)