Prevención

Aunque la lucha contra el fraude a la Seguridad Social ha conseguido que afloren desde 2012 hasta febrero de 2018 519.056 empleos irregulares, lo cierto es que los avances no están siendo tantos en lo que se refiere a los “falsos autónomos”, una práctica cada vez más extendida.

 

En primer lugar conviene aclarar ¿qué es un “falso autónomo”?.

Es aquel trabajador que, pese a mantener una relación de dependencia con la empresa en la que presta sus servicios, por lo que tendría que tener un contrato laboral como un trabajador por cuenta ajena, es obligado por la empresa a darse de alta en el régimen de autónomos para poder trabajar, con lo que la compañía se evita pagar así la Seguridad Social.

¿Por qué los trabajadores aceptan esta práctica si es fraudulenta?.

Con la crisis, a muchos trabajadores sólo les ofrecían este tipo de fórmulas. Desesperados, aceptaban por temor a perder la oportunidad laboral. En otros casos, el trabajador piensa que al darse de alta en el régimen de autónomos todo es legal. Pero no lo es. Lo único legal cuando existe una relación de dependencia entre empresa y trabajador, es decir, el trabajador tiene un horario, una jornada y unos cometidos marcados por la compañía, es suscribir un contrato laboral para poder tener los mismos derechos que cualquier otro trabajador contratado legalmente. Es decir, la protección del convenio colectivo de la empresa o del sector, que le paguen la Seguridad Social, vacaciones pagadas, indemnización en caso de despido y derecho a una prestación por desempleo cuando se quede sin trabajo.

¿Ha denunciado la Inspección de Trabajo que se está produciendo un fraude masivo con los “falsos autónomos”?.

Efectivamente. El pasado 21 de febrero, durante su comparecencia a puerta cerrada en la subcomisión para el estudio de la reforma del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en el Congreso, Fermín Yébenes, portavoz de la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo (UPIT), denunció el «fraude» que están cometiendo muchas empresas al obligar a los trabajadores a hacerse autónomos para ahorrarse los costes de la Seguridad Social y para poder prescindir de ellos más fácilmente y sin tener que indemnizarles.

¿En qué sectores son más frecuentes estas prácticas fraudulentas?.

Estas prácticas sobre todo se están dando en el sector de las empresas cárnicas, en las nuevas plataformas digitales y en las empresas multiservicios. Hace unos días, CCOO de Galicia denunció que más de 1.500 “falsos autónomos” operan con las grandes industrias cárnicas gallegas a través de Servicarne, «que a su vez es una falsa cooperativa«. Según el sindicato, el grueso del fraude estaría en la provincia de Orense, con casi la mitad de los casos, además de Lugo y Pontevedra. En algunas compañías, según informaron fuentes de esta central sindical, el 90% del personal está formado por profesionales en régimen de autoempleo, es decir, son ‘falsos autónomos’.

¿Cómo se puede controlar esta práctica?.

Sin duda, el papel de la Inspección de Trabajo es esencial para controlar este tipo de actuaciones. A día de hoy, la Inspección de Trabajo cuenta con 1.835 efectivos (944 inspectores y 891 subinspectores). Con las 40 nuevas incorporaciones de este año, habrá una dotación de 984 Inspectores, la cifra más alta de Inspectores de Trabajo de la historia, según destacó este jueves el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en un comunicado.

¿Qué más se puede hacer?.

Además de acudir a la Inspección de Trabajo, se puede acudir a los tribunales. Para ello, plataformas como Stop Falsos Autónomos pueden ofrecerle asesoramiento. Conviene que recopile todas las pruebas que pueda (planillos de turnos, conversaciones, correos, testigos), ya que si acude a los tribunales las necesitara para probar que es un “falso autónomo”.

¿Qué figura intermedia existe entre el asalariado y el autónomo?.

Existe la figura del Trabajador Económicamente Dependiente (Trade) que las empresas también podrían utilizar y que no se está usando tampoco como debería, según denuncian las asociaciones de autónomos.

¿Qué es un trabajador económicamente dependiente (Trade)?.

Son aquellos que realizan una actividad económica y profesional lucrativa de forma habitual, personal y directa para un cliente del que percibe al menos el 75% de sus ingresos totales. La diferencia con el “falso autónomo” radica fundamentalmente en la independencia. Los autónomos Trade tienen que disponer de su propio material y desarrollan su actividad con criterios organizativos propios.

¿Por qué se está usando mal?.

Aunque legalmente hay obligación de registrar el contrato de un Trade en el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) en el SEPE, en la actualidad sólo hay 9.500 contratos registrados, frente a los 350.000 trabajadores económicamente dependientes contabilizados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

¿Qué proponen la Asociaciones de Autónomos?.

Tanto ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos) como Upta (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos) coinciden en la necesidad de crear un registro de Trades que facilite la labor de control de la Inspección de Trabajo. Desde Upta proponen que el trabajador económicamente dependiente que se dé de alta en la Seguridad Social pase de forma automática a formar parte de ese registro, que dependería del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Además, en este registro deberían incluirse los datos de las empresas en la que los Trades prestan sus servicios. Ahora, tan solo hay un registro de contratos y apenas se le da uso. «Sólo se puede controlar aquello que existe. Se está controlando a los que están inscritos y lo están haciendo bien, mientras otras empresas campan a sus anchas. Por eso, es muy importante que exista un registro automático para que ningún Trade esté en tierra de nadie«, señala Eduardo Abad, secretario general de Upta. «Hay que acabar con los “falsos autónomos” y con el mal uso de la figura del Trade, que algunas empresas están prostituyendo, rompiendo el mercado de trabajo«, añade.

Asimismo, plantean que se modifique el artículo 11 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo para que especifique aún más y se clarifique en qué condiciones se es un Trade para evitar así su uso fraudulento.

Vídeo – Prevención: Falso Autónomo.

Fuente: El Mundo.

Fuente: Melián Abogados.

Tema: Riesgos Laborales

Precoin Prevencion SL

(Bilbao – Bizkaia)