Coronavirus - Prevención

Muchos días confinados y las dudas sobre las situaciones en las que se puede salir de casa continúan. Las varias modificaciones a las que se ha sometido el real decreto del estado de alarma no ayudan a clarificar algunas cuestiones que van surgiendo sobre la marcha, aunque también es verdad que esta es la primera vez que la población se enfrenta a un confinamiento masivo.

Uno de los temas que genera más discusiones estos días es si dos personas que trabajan juntas pueden ir a su empresa en el mismo coche.

La respuesta es que sí. Y lo es desde este mismo miércoles tras el último cambio en el real decreto de estado de alarma.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado una modificación en el artículo 3.4 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo.

«El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes».

Esto significa que en un vehículo pueden viajar dos personas, el conductor en la parte delantera y la segunda en la parte de atrás en la parte más alejada del piloto (no justo detrás).

No se puede perder de vista, sin embargo, que el estado de alarma prohíbe todos los desplazamientos de carácter privado, excepto los indispensables para acudir al puesto de trabajo.

Hasta este mismo miércoles no se permitía compartir coche excepto para acompañar a personas discapacitadas o bien por una causa que pueda justificarse.

Las sanciones en caso de incumplir esta orden podían ascender a una cuantía mínima de 300 euros, y una máxima de 1.000 euros.

El caso del ciclista.

El video de la discusión entre un ciclista y un agente de la Ertzaintza que le abronca por circular por un bidegorri en Bizkaia ha sido una de las polémicas de este octavo día de confinamiento.

El hombre increpado alega que usa la bici para acudir a su puesto de trabajo, pero el agente insiste en que no puede transitar en ese medio de transporte.

¿Quién tiene la razón?.

La respuesta es sencilla: el ciclista. Así lo desvela una instrucción de las autoridades que especifica que se puede circular en motocicleta y en bici «por las causas de movilidad previstas (en el decreto de estado de alarma) y de forma individual». O lo que es lo mismo, a trabajar sí se puede ir dando pedales.

Revisión de Criterios de la Ertzaintza a 25 Marzo de 2020.

REVISION CRITERIOS ERTZAINTZA 25_03_2020 EAZOK V (1)
Fuente: El Correo.
Tema: Riesgos Laborales.
Precoin Prevención SL
(Bilbao – Bizkaia)