Despido procedente: un trabajador simula acoso (mobbing).
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirmó en la sentencia 713/2024 el despido de un trabajador que simuló ser víctima de acoso laboral para evitar su despido.
¿Qué es el mobbing?
El mobbing es una práctica de acoso físico o psicológico que se produce en el entorno de trabajo, promovida por uno o varios trabajadores y dirigida hacia una persona o grupo de personas. Esta práctica se caracteriza por la reiteración en el tiempo de acciones hostiles que tienen como objetivo perjudicar a la víctima. Para poder hablar de acoso en el trabajo, estas acciones deben darse de forma continuada durante varios meses.
Estas acciones pueden ser de índole físico (como el acoso, el hostigamiento o el aislamiento social) o psicológico (como el insulto, el menosprecio o la crítica constante). El mobbing es una forma de violencia laboral, ya que se produce en el entorno de trabajo entre compañeros o entre un superior y un subordinado.
El tribunal superior confirma el despido
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el despido de un trabajador que simuló acoso laboral para evitar su despido durante el periodo de prueba.
Según la sentencia, la empresa pudo demostrar que el trabajador se intentó blindar, simulando acoso laboral, para evitar su despido. El trabajador fue contratado en noviembre de 2022 y tenía un período de seis meses.
A sabiendas de que su rendimiento no era el esperado y ante el final del período de prueba de su contrato, buscó la forma de evitarlo activando el protocolo interno denunciando por acoso a su superior jerárquico.
La denuncia
La empresa, tras una investigación interna, llegó a la conclusión de que la denuncia no se sostenía y tenía como objetivo evitar el despido por bajo rendimiento. Además, estos datos fueron confirmados de forma documental, con conversaciones de WhatsApp y testimonios de compañeros de trabajo.
Despido
La compañía, ante las acusaciones del trabajador, le despidió de forma disciplinaria, pese a que podía esperar a la extinción de su contrato tras no superar el período de prueba. El trabajador, no conforme, decidió acudir a la justicia demandando a la empresa por despido nulo. Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 47 de Madrid, desestimo su denuncia y declaró el despido como procedente.
Ahora, tras haber elevado su caso ante el TSJM, ha obtenido el mismo resultado, confirmando éste el despido disciplinario por la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza, al intentar blindarse frente a un despido utilizando fraudulentamente el canal de denuncias por acoso laboral.
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