El Supremo, marca la línea a los juzgados ante la escasez de material de protección: solo en caso de inacción manifiesta se puede obligar a la Administración a facilitarlo.
La falta de material de protección frente al coronavirus ha llevado a muchos sindicatos y asociaciones profesionales a buscar en los tribunales una orden judicial que obligara de forma inmediata a los responsables del sector a facilitar las mascarillas, guantes o batas que reclamaban los trabajadores.
Resoluciones discrepantes.
Tras varias resoluciones discrepantes, la decisión del Tribunal Supremo de rechazar la petición formulada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos para que el Ministerio de Sanidad facilitara en 24 horas material de protección a todos los centros sanitarios públicos y privados ha servido para unificar criterios en el resto de tribunales, aunque algunos jueces ordinarios se han desmarcado de ese camino.
El Supremo quiso dejar claro que ampara el derecho de los médicos a “contar con todos los medios necesarios” para su protección, pero desestima que, como denunciaban los sindicatos, la falta de material sea achacable a la “inactividad” de Sanidad. “No consta ninguna actuación contraria a esa exigencia y sí son notorias las manifestaciones de responsables públicos insistiendo en que se están desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacerla”, señaló el alto tribunal. Un argumento que, precisamente, han ido adoptando después muchos jueces para rechazar peticiones similares.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional recuperó dicha tesis el pasado martes, con tres contundentes autos donde denegaba a tres sindicatos policiales la exigencia de que Interior les dotase ipso facto de equipos de protección y de tests de detección del virus.
Los magistrados recordaron que el país se encuentra “desbordado” —“No se dispone de los medios suficientes para que todos aquellos que deben seguir prestando sus servicios lo hagan con la debida protección”— e insistieron, en línea también con la Abogacía del Estado, en que esta escasez ha llevado a priorizar a algunos colectivos frente a otros. Una decisión que corresponde tomar a las autoridades sanitarias.
Debate jurídico.
Los jueces de la Audiencia recalcaron, como el Supremo, que el debate jurídico en este tema gira en torno a si las Administraciones hacen lo posible para dotar a sus trabajadores de material de protección. Y, según el tribunal, en el caso del Ministerio del Interior queda demostrado que ha hecho un “ingente esfuerzo” para “intentar conseguir medios para los integrantes del Cuerpo de Policía Nacional”. “Sin que este cauce procesal sea el idóneo para reprochar las circunstancias de escasez y pedir las responsabilidades oportunas”, afearon los magistrados a las asociaciones.
Los Sindicatos insisten en la inactividad.
Pese a las resoluciones, la Unión Federal de Policía (UFP) insiste en que existe una “inactividad” de Interior, que obvia sus peticiones de forma reiterada. El Sindicato Unificado de Policía (SUP) también remarca que “los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz, lo que constituye un deber de las Administraciones públicas”. Una tesis que defienden la mayoría de colectivos.
Más duro que la Audiencia Nacional se mostró Antonio Seoane, responsable del juzgado de lo Social 34 de Madrid
En un auto dictado la pasada semana, el magistrado no solo hizo hincapié en las dificultades que España está encontrando para adquirir material en el mercado debido a los “abusos que en estas circunstancias suelen producirse”; también arremetió contra los promotores de toda esta batería de demandas.
“Resulta sorprendente el goteo de solicitudes de medidas cautelarísimas que se está produciendo”, se arrancaba en su escrito el magistrado, que seguía: “Sorprende que no sean los sindicatos de clase mayoritarios del país, los más representativos, los que planteen tales medidas. Sino sindicatos defensores de los intereses corporativos, alguno de ellos con unas cuotas de representación minoritaria en sus respectivos cuerpos funcionariales, y otros con opciones ideológicas, igualmente legítimas, en clara oposición al color del Gobierno”. Esa estrategia, decía el juez, parece querer usar los juzgados “como arma propagandística” para ganar afiliados o “para desgastar al Gobierno”.
Rectificaciones.
En las últimas semanas, sindicatos y colectivos profesionales han recurrido a los tribunales contra los Gobiernos central y autonómicos para pedir que adopten medidas cautelarísimas, una fórmula utilizada para que los jueces tomen una decisión urgente saltándose los trámites habituales que obligan a escuchar a las partes. Este mismo miércoles se conocieron más resoluciones, como la del Tribunal Superior de Andalucía, que rechazó la exigencia de CSIF de que la Junta dotase de medios de protección a los profesionales de la sanidad en menos de 24 horas.
Desmarques.
También ha habido desmarques: sendos juzgados de lo Social de Soria y Ávila mantuvieron las medidas cautelarísimas e instaron a la Administración regional a dotar en 72 horas a los sanitarios de todo el material exigido.
Correcciones.
E incluso correcciones: una juez de lo Social de Madrid rectificó y, tras ordenar en un primer momento a la Consejería de Sanidad que proveyese de material en 24 horas, aceptó después las alegaciones del Gobierno autonómico y concluyó que los equipos de protección solo debían aportarse cuando se tuviesen. Eso sí, “en el mismo instante en el que los reciban”, incidió.