Sentencias

Admite en el juicio que la obra carecía de medidas de seguridad para los trabajadores.

El contratista J.F.A. aceptó ayer un total de un año y 9 meses de cárcel como responsable de la muerte accidental de un obrero que se cayó del tejado de un edificio en el 2014. Este fue el pacto que selló con la Fiscalía aunque el juicio se celebró igualmente porque la familia del fallecido también acusa a un arquitecto por dirigir la obra. A su vez, la acusación particular pide que se condene a dos años y medio de prisión para el empresario, que reconoció en sala su responsabilidad.

El juicio quedó visto para sentencia y la jueza deberá determinar la pena exacta que le impondrá al patrón y decidir si absuelve o no al arquitecto, quien alega que es inocente porque se limitó a firmar y hacer el papeleo con el Ayuntamiento pero sin llevar la dirección facultativa de la obra.

Homicidio por imprudencia grave y de otro delito contra los trabajadores.

El constructor se declaró culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave y de otro delito contra los trabajadores, y aceptó la inhabilitación por el mismo tiempo para ejercer su oficio así como pagar una multa de 2.400 euros. También deberá abonar 120.000 euros a los herederos del peón que pereció.

El empresario admitió que los hechos eran ciertos, según había acordado con la Fiscalía, al inicio del juicio que ayer se celebró en el juzgado de lo penal número 1 de Vigo. El interrogatorio se centró en dirimir la responsabilidad del arquitecto, a quien el fiscal considera inocente. En la vista celebrada ayer testificaron la viuda y los hijos, así como testigos y peritos.

El accidente laboral fue el 11 de diciembre del 2014 en la calle del Medio, en el barrio de Coia a las 17.37 horas. Los trabajadores realizaban la sustitución de la cubierta de una casa. Según la Fiscalía, la víctima siguió las indicaciones del acusado y se puso a soldar la tele asfáltica en la zona de la medianera con la edificación colindante sobre el alero de la vertiente de la cubierta. Se hallaba a aproximadamente 6 metros de altura del suelo cuando perdió el equilibrio y se precipitó al vacío. Sufrió un fuerte golpe en la cabeza y murió en el hospital al día siguiente a primera hora de la tarde.

Arquitecto acusado.

El constructor aceptó ayer la tesis de la Fiscalía de que el accidente se produjo por una falta de medidas de seguridad en la obra. El empresario admitió que no había adoptado medidas de protección colectiva que evitasen la caída de cualquier trabajador desde la cubierta del edificio. No había instalado ni una barandilla al borde del tejado ni un andamio en paralelo que lo sobrepasasen en altura ni facilitó arneses de seguridad dotados de línea de vida anclada a un punto fijo.

El implicado se declaró culpable de tales carencias pues tenía la obligación de velar por la seguridad de sus operarios.

Además, el contratista no había evaluado los riesgos para sus peones ni contaba con un plan de seguridad y salud para la obra. Tampoco había formado a sus obreros en prevención de riesgos laborales. Y como jefe de obra no comprobó ni vigiló la ejecución.

La aseguradora ya abonó 47.000 euros a los herederos.

La Fiscalía pidió la absolución del arquitecto porque no existía un proyecto visado ni dirigía la obra y el propio constructor dijo que solo le encargó que resolviese el papeleo con el Ayuntamiento. A todo ello, el fiscal señala que el arquitecto pasó por la obra a cobrar y advirtió al constructor que el andamio tenía deficiencias y debía subsanarlas pero el jefe no le hizo caso por las prisas.

 

Fuente: La Voz de Galicia.

Tema: Riesgos Laborales.

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