Comida de Navidad de Empresa: ¿Disfrute o Drama?
Despedido por agredir a un compañero de trabajo en la comida de Navidad de la empresa.
El TSJ del País Vasco considera que los hechos son suficientemente graves para calificar el despido disciplinario como procedente.
Los hechos
Los hechos que propiciaron esta decisión sucedieron la madrugada del 23 de diciembre de 2022, tras la celebración de la comida de la empresa, cuando se produjo “un incidente en el que (el trabajador) agredió a su compañero de trabajo, propinándole varios puñetazos que le generaron una herida que requirió sutura y visita al oftalmólogo”. Tres días después, la Dirección de RR. HH. le comunicó que el compañero agredido había interpuesto una denuncia por agresión.
Posteriormente, el 13 de enero, ya fue cuando le comunicaron el despido disciplinario por lo sucedido, pero el trabajador, no conforme, decidió reclamar. El Juzgado de lo Social, N.º 7 de Bilbao desestimó su demanda, declarando el despido como procedente. Por ello, el empleado presentó un recurso de suplicación, argumentando errores en la valoración de las pruebas.
El despido
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en la revisión de los hechos probados, se negó a añadir detalles de denuncias cruzadas entre ambos trabajadores, pues las pruebas ya fueron valoradas. También rechazó incluir la denuncia presentada por el empleado despedido, considerando que no alteraba el fallo.
En concreto, este alegaba la infracción de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de la Ley 15/2022 y de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución Española.
Argumentos
Al respecto, argumentaba que la agresión imputada no había quedado acreditada; que hubo un incidente pero que hubo también denuncias cruzadas; que la actuación de la empresa en el proceso de investigación le había causado indefensión y que se había vulnerado el principio de igualdad al no haber tratado la denuncia de un trabajador con las mismas garantías que la del otro; y que por ello debía ser indemnizado por los daños morales padecidos.
Desestimación
El TSJ, sin embargo, desestimó estas alegaciones y consideró el despido como procedente. Atendiendo a la norma, para aplicar un despido disciplinario se exige “que el incumplimiento contractual sea grave y culpable, intensidad que mide el empresario y controlan los órganos judiciales del orden social si la persona trabajadora reclama contra el despido”.
En este sentido, recuerdan que el artículo 54.2.c) del Estatuto de los Trabajadores considera incumplimiento contractual que, dependiendo de la gravedad y culpabilidad, puede ser causa de despido disciplinario “las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos”.
En este caso, defienden que “los hechos acreditados revelan una conducta grave del demandante, que, tras una comida de empresa en el contexto de las fiestas de Navidad, agredió a un compañero de trabajo, dándole puñetazos que le causaron una herida que debió ser suturada y que le hicieron tener que visitar al oftalmólogo”.
El tribunal
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado procedente el despido disciplinario de un trabajador que pegó varios puñetazos a un compañero de trabajo durante la comida de Navidad de la empresa.
Para el tribunal, los hechos suponen una infracción suficientemente grave y culpable para justificar la máxima sanción laboral (el despido disciplinario).
El trabajador en cuestión, según se explica en la sentencia 380/2024 y que contaba con una antigüedad de 10 años cuando la empresa, el 13 de enero de 2023, le notificó mediante la correspondiente carta su despido disciplinario, amparándose en el artículo 54.9 del Convenio Colectivo Tubos Reunidos Industrial y el 54.2.c) del Estatuto de los Trabajadores.
“Se trata de hechos indudablemente graves por su intensidad y su afectación a la integridad física de un compañero de trabajo, con incidencia clara en su derecho fundamental a la integridad física (artículo 15 de la Constitución) y que también tienen la característica de culpabilidad, al no concurrir (ni haberse alegado en el recurso) ninguna circunstancia que pueda rebajar tal culpabilidad y responsabilidad del trabajador demandante”.
Además, también aclaran que, según la jurisprudencia, “las ofensas fuera del lugar y horario de trabajo pueden justificar el despido, siempre que afecten la relación laboral y la convivencia en la empresa”, referenciando una sentencia del Tribunal Supremo del 31 de mayo de 2022. Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera que la conducta del trabajador es suficiente para calificar el despido como procedente.
Prevención – Vídeo: ¿Qué pasa si hay agresiones entre los trabajadores fuera del trabajo?
¿Es obligatorio asistir a la cena/comida de Navidad?
No existe una ley específica que obligue a los trabajadores a asistir a las cenas o comidas de Navidad organizadas por la empresa. Ahora bien, si estos eventos tienen lugar durante el horario laboral habitual, la empresa puede solicitar a los trabajadores que cumplan con su jornada laboral habitual.
La asistencia, aunque en principio es voluntaria, puede llevar consigo implicaciones profesionales y de cohesión en el equipo. En muchos entornos laborales, estas celebraciones son momentos valiosos para fortalecer la cohesión y construir relaciones dentro de la empresa. La participación, por lo tanto, puede considerarse un gesto de compromiso con la cultura corporativa.
Consejos durante una Comida Navidad de Empresa:
- Sé puntual: Llega a tiempo. Esto muestra respeto por tus compañeros y por la organización del evento.
- Vístete adecuadamente: Asegúrate de conocer el código de vestimenta. Si es una cena formal, opta por un atuendo elegante; si es más casual, elige algo apropiado pero cómodo.
- Saluda a todos: Aprovecha la oportunidad para socializar. Saluda a tus compañeros, a tus superiores y a cualquier invitado que esté presente.
- Participa en las conversaciones: Escucha y contribuye a las charlas. Mantén un tono amigable y evita temas controvertidos.
- Modera el consumo de alcohol: Si decides beber, hazlo con moderación. Quieres disfrutar de la noche, pero también mantener una buena imagen profesional.
- Sé agradecido: Agradece a los organizadores y a tus superiores por la cena. Un simple «gracias» puede hacer una gran diferencia.
- Disfruta y diviértete: Recuerda que es una celebración. Relájate y disfruta del ambiente festivo.
- Evita hablar de trabajo en exceso: Aunque es un evento de empresa, trata de no centrar todas las conversaciones en el trabajo. Es un buen momento para conocer a tus compañeros en un contexto más personal.