Acoso Laboral (Moobing): proponen el archivo de las denuncias de 4 policías nacionales contra su Jefa por acoso laboral.
Mujeres policías de baja por «acoso laboral».
La Policía Nacional podría archivar las denuncias de cuatro agentes, todas mujeres, contra la inspectora jefa Olga Lizana, responsable de la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Comisaria de Toledo y a la que acusan de acoso laboral.
Causa
En el informe de 394 páginas elaborado por la propia comisaría, una circunstancia censurada desde el sindicato ASP, se concluye que «no se dan los requisitos necesarios para estar ante una conducta de acoso laboral y, en consecuencia, se propone el archivo».
Firmado por un inspector, concretamente el segundo de la Secretaría General de la comisaría provincial recoge los escritos que las denunciantes elevaron al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Jefatura Superior de Policía en Castilla-La Mancha. Hubo una quinta agente que también denunció, pero «no aportó» con su documentación el modelo que se recoge en el protocolo de acoso laboral, según consta en el informe, que tiene en cuenta la denuncia «solo para valoración».
También se han cotejado las declaraciones de las cinco policías implicadas, entre ellas la inspectora jefa, además de documentos y el testimonio de otros agentes como testigos. Incluso un jefe de grupo afirmó que la inspectora jefa «no veía bien» que se hablara con las denunciantes, y entregó también cuatro ficheros con información que pudiera guardar relación con los casos que se investigaban.
Consecuencias
Esto crea un «mal ambiente laboral», que «afecta incluso a otros funcionarios» de la brigada. Pero estas «rencillas o situaciones de tensión no constituyen, en modo alguno, lo que se entiende en el marco legal como acoso laboral», sentencia.
En varios párrafos de las conclusiones, alude a que los problemas entre la inspectora jefa y las policías son «momentos puntuales». No obstante, reconoce que es «evidente» que su relación «se deterioró «el hecho de que, en un ambiente tan tensionado, el resto de los componentes de la brigada intentaran evitar el contacto con las denunciantes puede ser comprensible para evitar problemas».
Apreciaciones
No aprecia descalificaciones, vejaciones, humillaciones, agresiones verbales o aislamiento social, «más allá de la percepción» como responsable de la brigada del trabajo de sus subordinados y su derecho, como jefa de todos ellos, «a fiscalizar y supervisar» su trabajo. Para el instructor, se trataría de una conducta «de otro tipo» de la inspectora jefa, que «parece ser bastante exigente con el trabajo de sus subordinados». Sin embargo, considera que Lizana no quiere crear a las denunciantes «un entorno hostil o humillante con la consiguiente lesión de su dignidad e integridad moral».
Afirma que, en una brigada «tan mermada de personal» como la de Policía Judicial de la comisaría de Toledo, «no se puede permitir el lujo de ir echando a gente». Y añade que, si hay carencias, las personas que trabajan en la brigada «son las que tienen que multiplicar su esfuerzo para que el servicio no se vea afectado».
Pruebas
Por otro lado, en el informe se prescinde de la grabación que una de las agentes hizo a Lizana el 12 de enero. «El único insulto que se recoge por parte de la inspectora jefa a su subordinada es un ‘que te den por el culo’», pero el instructor no tiene en cuenta la grabación, «bajo ninguna circunstancia», porque la denunciada estaba en una situación de desventaja.
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Sobre los justificantes de unos exámenes que Lizana solicitó a una de las policías a la que «en diecisiete años nadie me los había pedido», el instructor razona: «El hecho de que, en situaciones similares anteriores no se haya solicitado dicho justificante y ahora sí, puede significar que, efectivamente, hay una pérdida de confianza de la inspectora jefa hacia la denunciante, pero no se puede considerar una represalia como acoso laboral».
El instructor de la comisaría de Toledo finaliza su informe afirmando que «muchas de las conductas denunciadas se refieren a posibles vulneraciones de derechos laborales, en referencia a conciliación y cambios de puesto de trabajo». No obstante, precisa que «tampoco puede constituir acoso laboral en sí mismo, independientemente de que exista otro tipo de responsabilidad». «Pero han de darse el resto de los elementos esenciales», añade.
Víctimas desamparadas
Desde el sindicato ASP, critican duramente la instrucción y el contenido del informe. «Las conclusiones son tan llamativas como desconcertantes. Se ha dejado desamparadas a unas víctimas con una prometedora carrera profesional»,
En declaraciones a ABC, considera que el instructor desestima las denuncias «con razones tan desconcertantes como que él mismo describe el ambiente de la brigada como tensionado, y que sus componentes evitaban el contacto con las denunciantes para evitar problemas con la jefa de la brigada» «Sin embargo, no estima que las funcionarias se sintieran aisladas», precisa.
¿Qué es el acoso laboral (Mobbing)?.
El acoso laboral consiste en realizar acciones ofensivas o humillantes contra un trabajador de forma continuada en el lugar de trabajo. Aunque la RAE recomienda referirse a estas conductas como acoso laboral.
¿Qué hacer en caso de sufrir acoso laboral?
- Dejar constancia escrita de cualquier queja interna o reclamación ante conductas que la persona empleada considera injustas en relación con el resto de los empleados o que percibe como injustas.
- Guardar toda la correspondencia que pueda haber mantenido con la empresa en relación con estas conductas (recopilar las pruebas que puedan ser necesarias en un futuro procedimiento judicial).
- Utilizar los canales de denuncia interna―obligatorios en las empresas― para denunciar cualquier tipo de discriminación. Los protocolos en materia de acoso moral, sexual y por razón de sexo deben regular la presentación y tramitación de denuncias. La empresa puede ser responsable, tanto por acción como por omisión. Además, se admiten incluso las denuncias anónimas.
- Si no se confía en la efectividad de estos canales en la empresa, la recomendación de los expertos es denunciar estas conductas directamente ante la Inspección de Trabajo, y aconsejan hacerlo mediante un abogado especialista que detalle pormenorizadamente los hechos.
- Grabar las conversaciones―reuniones, llamadas, videoconferencias…― con los compañeros de trabajo o responsables jerárquicos, siempre que se trate de conversaciones sobre asuntos de trabajo y de personas implicadas en las posibles conductas de hostigamiento. «Serán pruebas válidas en un procedimiento judicial».
Además de denunciar los hechos, es importante recibir ayuda externa, por ejemplo, del círculo social de referencia, o ayuda psicológica profesional, para dejar de vivir esa situación en soledad.
Prevención – Vídeo: Pasos a seguir para presentar una queja de acoso laboral.
Tema: Riesgos Laborales.
Fuente: ABC
Precoin Prevención, S.L
(Bilbao-Bizkaia)